Debido a la emergencia sanitaria nacional por la pandemia del coronavirus, como es sabido el Gobierno nacional ha tomado una catarata de medidas en diversos aspectos para prevenir a los ciudadanos en relación a dicha pandemia.
En cuanto a aquellas medidas adoptadas por el feriado largo que se avecina, el Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación considera imprescindible contar con la colaboración de quienes integran la cadena de valor del turismo para limitar el número de casos y frenar la propagación del virus. La restricción que se propicia por este acto se encuentra acotada a un periodo de tiempo comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la presente medida (17/3) y el 31 de marzo del año en curso.
Por lo tanto, la cartera que encabeza Matías Lammens resuelve:
ARTÍCULO 1°.- Establécese que los Agentes de Viaje y los establecimientos hoteleros de la REPÚBLICA ARGENTINA deberán devolver a los turistas usuarios toda suma de dinero que hubieren percibido en concepto de reserva por alojamientos a ser usufructuados durante el periodo comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la presente medida y el 31 de marzo del año en curso.
ARTÍCULO 2°.- Durante el periodo indicado en el artículo precedente, los establecimientos hoteleros sólo podrán brindar alojamiento a los ciudadanos extranjeros no residentes en la REPÚBLICA ARGENTINA. Asimismo, quienes se encuentren en situación de aislamiento obligatorio en virtud de las medidas dictadas por la Autoridad Sanitaria en relación con el coronavirus COVID-19 podrán continuar su estadía en el establecimiento.
Establécese que los hoteles no podrán brindar alojamiento, por el periodo señalado, a quienes no se encuentren comprendidos en el párrafo precedente.